Sí, si los cónyuges logran alcanzar un acuerdo durante la tramitación del procedimiento contencioso, éste puede transformarse en un procedimiento de mutuo acuerdo, mediante la elaboración y presentación ante el Juzgado de un convenio regulador. Del mismo modo, si iniciado un procedimiento de separación por la vía del mutuo acuerdo, alguna de las partes no ratifica ante el Juzgado la demanda y convenio presentados, el procedimiento de mutuo acuerdo se archiva y debe iniciarse un procedimiento contencioso.
¿Puede modificarse el procedimiento, de contencioso al amistoso y viceversa?
por Elvira Rodríguez Sáenz | 31 May, 2016 | contencioso, custodia compartida, divorcio, mutuo acuerdo, sentencias, separación, vivienda familiar